Micelio
Auto30 de noviembre de 2016

A- de 2016

Ponente María Victoria Calle Correa

Demandante Diney Reina Rodriguez·Demandado Cnsc Y Otro

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Tribunal Superior de Popayán, Sala Penal y el Juzgado Segundo Penal para Adolescentes con Función de Conocimiento de la misma ciudad.

Recuerda la Corte que en relación con la aplicación de las normas contenidas en el Decreto 1382 de 2000 ha establecido que el mismo consagra reglas de reparto más no de fijación de competencia.

Concluye, que las disposiciones que hacen parte de esta norma no son presupuesto para que una autoridad se aparte del conocimiento de un asunto.

De ahí, que en el caso de que dos autoridades judiciales promuevan un conflicto de competencia por este motivo, el expediente se debe remitir a aquella a quien se repartió en primer lugar.

Se dirime la controversia con la remisión del expediente a la Sala Penal del Tribunal Superior de Popayán, para que de forma inmediata tramite en primera instancia la solicitud de amparo formulada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto de trece (13) de julio de los corrientes, proferido por el Tribunal Superior de Distrito Judicial de Popayan -Sala Segunda Penal en Sala de Tutela-, mediante el cual remitio por competencia la accion de tutela presentada por Diney Reina Rodriguez contra la Comision Nacional del Servicio Civil y la Secretaria de Educacion Departamental del Cauca, a los juzgados del circuito de la misma ciudad.
  2. Segundo. REMITIR el expediente al Tribunal Superior de Distrito Judicial de Popayan -Sala Segunda Penal en Sala de Tutela-, para que de forma inmediata tramite en primera instancia la accion de tutela mencionada en el numeral anterior.
  3. Tercero. Por Secretaria General, COMUNICAR a las partes y al Juzgado
  4. Segundo. (2o) Penal para Adolescentes con Funcion de Conocimiento del Circuito de Popayan, la decision adoptada en esta providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.